Marea de Residencias urge a Bienestar Social CLM a proteger los derechos de una residente
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El problema
Marea de Residencias se dirige a la Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha para solicitar su intervención en una situación que pudiera vulnerar los derechos fundamentales de una persona que vive en la Residencia Sagrada Familia, en Belinchón (Cuenca).
A su hija, con quien mantenía un contacto habitual, se le ha prohibido la entrada al centro.
Cabe destacar que la residencia está situada en un entorno de difícil acceso, de donde la persona residente no puede salir. Al prohibir la entrada al recinto a su hija, se le está privando de hecho del contacto con un familiar directo, con el impacto emocional que esto conlleva.
El centro de titularidad privada alega ser soberano para adoptar esta medida, en base a un presunto incumplimiento del reglamento interno entre otras circunstancias, pero hasta la fecha no ha comunicado de forma clara ni justificada los hechos concretos que motivan la medida. A pesar de haberse solicitado esa información por escrito, no ha habido respuesta.
La hija había presentado previamente varias reclamaciones sobre el centro. La coincidencia entre esas denuncias y la prohibición de acceso pudiera resultar especialmente preocupante y puede interpretarse como una posible medida desproporcionada.
Bienestar Social alega que por el tipo de plaza ocupada en la residencia, que es privada, no tiene potestad para intervenir. Sin embargo, aunque el centro sea privado, corresponde a Bienestar Social autorizar su funcionamiento e inspeccionarlo.
Bienestar Social, aunque responsable, parece desentenderse.
Por todo ello, Marea de Residencias, solicita a la Consejería de Bienestar Social que:
1- Inste a la Residencia Sagrada Familia en Belinchón, Cuenca, a levantar la prohibición de entrada impuesta a la hija, garantizando así el derecho de la persona usuaria a mantener el contacto con su entorno familiar.
2- Evalúe si dicha prohibición ha estado debidamente justificada, proporcionada y ajustada a derecho, considerando el impacto que genera en los derechos fundamentales de la persona afectada.
3- Supervise de forma directa la actuación del centro, en cumplimiento de su obligación legal de control sobre los centros de servicios sociales autorizados, conforme a la Ley de Castilla-La Mancha.
Nadie merece se le prive de su familia. Firma para defender sus derechos.
Este texto expresa una petición ciudadana basada en hechos observables y preocupaciones legítimas. No se emite juicio de valor firme ni acusación, sino una solicitud de revisión institucional y garantía de derechos conforme a la legislación vigente.



